Por incumplimiento al mandato de una sentencia, el Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) amonestó públicamente al presidente municipal de Zempoala, Francisco Sinuhé Ramírez Oviedo, así como a otros funcionarios municipales por su negativa a entregar información pública a la síndica municipal Guadalupe Karla Mariana Gutiérrez Gutiérrez.
En la demanda ingresada por la integrante del ayuntamiento, denunció la omisión por parte del alcalde, de la Tesorería, y de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas por no entregar documentación relacionada con las finanzas, nómina y desarrollo de obra pública a cargo del ayuntamiento.
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Tras acreditarse el incumplimiento, el Tribunal local ordenó a los responsables a dar contestación a la síndica en un plazo no mayor a cinco días hábiles, pero esto no ocurrió y en su lugar, las autoridades municipales entregaron la información al órgano jurisdiccional local, pretendiendo que a través de esta autoridad se entregara la información a la regidora.
Por lo anterior, las magistraturas coincidieron en imponer una amonestación pública al presidente municipal como a diferentes funcionarios municipales por incumplimiento a lo ordenado.
Además, el Tribunal enfatizó al presidente municipal que esta autoridad “carece de atribuciones para fungir como vía de entrega, mensajería u Oficialía de Partes entre las autoridades municipales y los promoventes”, y se reiteró que deberá entregar la información solicitada en un plazo no mayor a 24 horas a partir de la notificación de la sentencia.
En la misma sesión, los magistrados electorales locales declararon fundados los agravios de los delegados de las comunidades de Pozuelos, Esteban Lugo Bautista; y de La Vega, Fermín Silis Pérez, del municipio del Cardonal, por la vulneración a su reconocimiento como representantes de comunidades indígenas por parte de la presidenta municipal Karla Hernández Cerroblanco.
En su sentencia, se ordena a la edil otorgar el reconocimiento a estos representantes de comunidades indígenas y garantizar su participación en las sesiones de cabildo del municipio, aunque sin derecho a voto.
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