A partir de este martes entró en vigor el decreto que fue aprobado el pasado 20 de mayo por la asamblea municipal de Tulancingo, del Programa de Desarrollo Urbano y el Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población, luego de su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo (POEH).
Tulancingo tardó 28 años para que dichos documentos se renovaran, ya que en el año 1994, según el considerando del decreto número 22, se dictaminó, público y registró, el Programa de Desarrollo Urbano del Municipio de Tulancingo de Bravo, con una cobertura deficiente.
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Refiere que en el año 2014, la Secretaría de Obras Públicas y Ordenamiento Territorial de Hidalgo (Sopoth), emitió el Dictamen de Congruencia al Programa Municipal de Desarrollo Urbano de Tulancingo de Bravo, y en el año 2015, al Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población de Tulancingo de Bravo, Hidalgo, documentos que no fue posible su formalización.
“Los instrumentos técnico-jurídicos, tienen por objeto regular, inducir, y promover la ocupación territorial de manera ordenada, compacta y estructurada del territorio del municipio, desde el presente hasta el año 2030”, se menciona en el documento publicado en el POEH.
En concreto señala que el municipio debe contar con ambos programas para el desarrollo urbano ordenado, sustentable y viable que permita un adecuado desarrollo humano y social.
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Se agrega que a partir de la definición clara y transparente de en qué lugares se debe urbanizar y en cuáles no, buscando la menor afectación al ambiente, respetando el potencial natural y productivo de cada zona y procurando los menores costos en infraestructura y movilidad.
En el decreto se especifica que se deberá proceder al registro del Programa de Desarrollo Urbano y el Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población Tulancingo de Bravo aprobados por el ayuntamiento ante el Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Distrito Judicial, así como a su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo.
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