El Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) acreditó infracciones cometidas por el senador de la república Cesar Cravioto Romero, el diputado local Miguel Ángel Martínez Gómez y los alcaldes de Tula de Allende y Atotonilco de Tula, Manuel Hernández Badillo y Jaime Ramírez Tovar, respectivamente, por acciones contrarias a la norma electoral.
En el caso del senador Cravioto Romero, los magistrados determinaron amonestarlo públicamente por haber emitido propaganda calumniosa en contra de actores del Partido Revolucionario Institucional (PRI) a quienes llamó traidores a la patria, además se amonestó a Morena por las condutas de su militante.
Por vulnerar el interés superior de la niñez y violación a los principios de equidad y neutralidad en la contienda, también se acreditó la infracción cometida por el diputado local Miguel Ángel Martínez Gómez.
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Al respecto, los magistrados resolvieron que el legislador perredista no acreditó contar con los permisos de tutores o padres de menores de edad para difundir su imagen en propaganda política, pues estos fueron solicitados con posterioridad.
En el segundo caso, se resolvió que Martínez Gómez tuvo participación activa en sus redes sociales con mensajes donde expresaba su respaldo a la entonces candidata de Va por Hidalgo, Carolina Viggiano Austria.
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En cuanto a los ediles de Tula y Atotonilco de Tula, el TEEH ordenó dar vista a los Órganos Internos de Control de cada municipio para determinar la sanción que les corresponde a cada uno por participar en actos proselitistas a favor de la excandidata Carolina Viggiano.
En otros asuntos, las magistraturas desecharon dos quejas contra el diputado local Julio Valera Piedras por la asistencia a eventos proselitistas pues lo hizo en su carácter de dirigente estatal del PRI, no solicitó recursos públicos en su calidad de legislador y no descuidó sus actividades legislativas.
Respecto a la denuncia interpuesta por el Partido Acción Nacional (PAN) contra Layda Elena Sansores Sanromán, gobernadora de Campeche, el Tribunal sobreseyó la queja por presunta violación a los principios de equidad y naturalidad en la contienda al participar en un evento proselitista en Hidalgo, esto ya que la misma denuncia fue resuelta por la Sala Especializada.
También desechó los argumentos de presunta violencia política en razón de género cometidos contra Viggiano Austria pues no se acreditaron los elementos para determinar que emitió comentarios basados en estereotipos de género.
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