El Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH), determinó revertir la autorización del Cabildo de Mineral del Monte para que el alcalde, Edmundo Méndez Tejeda, firme convenios y contratos con entes públicos o privados sin aval de la asamblea municipal.
En sesión del pleno, tres regidores del ayuntamiento manifestaron en su denuncia ante el órgano jurisdiccional que al no estipularse que los instrumentos contractuales deben ser firmados previo autorización del ayuntamiento, vulnera sus derechos político-electorales al no permitirles ejercer su cargo como regidores.
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En ese sentido, la magistrada por ministerio de ley, Lilibeth García, estimó fundado el agravio, ya que al realizar un análisis a las probanzas que integran el expediente y concatenado con la legislación aplicable, se evidenció que todos los contratos y convenios que pretenda suscribir el presidente municipal deben pasar por la revisión de los miembros del ayuntamiento para no vulnerar sus derechos como regidores.
“Es decir, todo contrato, convenio de interés público debe ser primeramente puesto a revisión del Cabildo previo a la firma, y no necesariamente respecto a los bienes inmuebles del municipio o a un compromiso que exceda temporalmente la administración en funciones, ya que por ley todos los contratos o convenios que se pretendan suscribir deben pasar por la revisión de los miembros del ayuntamiento previa firma, sin importar la temporalidad para la cual fue autorizada dicha facultad”, expone la sentencia.
En ese sentido, ordenó al alcalde realizar las acciones necesarias para modificar el punto cuatro del acta de asamblea extraordinaria del 27 de septiembre pasado, a efecto de que quede establecido que en lo subsecuente, con antelación a la celebración de convenios y contratos con particulares, instituciones oficiales que pretenda suscribir el presidente, sean puestos a consideración del Cabildo para que de forma colegiada aprueben o no los alcances de los actos jurídicos a celebrarse.
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