El exdirector general de Radio y Televisión de Hidalgo, Cristian David G. B., se niega a recibir atención médica en el Hospital General de Pachuca para continuar con su tratamiento contra el cáncer de tiroides que padece, pues pretende que el ISSSTE vuelva a reconocerlo como derechohabiente o atenderse en una institución privada con cargo al erario.
De acuerdo con el juicio de amparo 641/2023, el director general del Centro de Readaptación Social (Cereso), llevó a cabo las gestiones necesarias para que en dicho nosocomio fuera atendido el exfuncionario; sin embargo, este se ha negado a ser trasladado bajo el argumento de que no cuentan con su expediente y eso podría retrasar su tratamiento.
Además, aseguró que no cuenta con recursos económicos para ser atendido en una institución de salud privada, por lo que solicitó que algunos estudios le fueran realizados en el Hospital ABC de la Ciudad de México, con cargo al erario, lo que contraviene a lo estipulado por el juzgado primero de distrito, quien ordenó ofrecer servicio médico gratuito al quejoso, pero en caso de requerir atención privada, ese gasto correría a cargo de la familia del imputado.
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En ese sentido, el director “realizó las gestiones a fin de que se le brindara atención en el Hospital General de Pachuca debido a las condiciones económicas precarias en las que dijo el peticionario del amparo se encontraba; asimismo, realizó los trámites de traslado del imputado a dicho hospital; sin embargo, el quejoso se negó a salir del Centro de Reinserción Social de esta ciudad a efecto de recibir atención médica”, refiere el amparo.
“El director del Centro de Reinserción Social de Pachuca informó que el quejoso solicitó que se autorizara realizarse un estudio en el Hospital ABC de la Ciudad de México, debido a que dejó de ser derechohabiente del Hospital General del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. Sin embargo, dicho director realizó acciones pertinentes para brindarle al quejoso la atención en el Hospital General de Pachuca, por lo que solicitó copias certificadas de su expediente clínico al ISSSTE; asimismo, giró oficio al director del Hospital General a efecto de realizar los trámites administrativos y operativos para el traslado del quejoso a dicha institución.
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“Sin embargo, el quejoso se negó a salir de dicha institución para ser trasladado… el director del Centro de Reinserción Social, dentro de sus facultades y recursos, ha tomado las acciones pertinentes a efecto de asegurar la atención médica al quejoso, por tanto, no le es imputable la falta de atención médica del peticionario del amparo, sino a la contumacia de éste, pues ante la obstinación de recibir el tratamiento médico en el ISSSTE no hay forma de vencer la rebeldía del solicitante. Sin que obste lo anterior, que el quejoso solicita que a efecto de seguir con su tratamiento de cáncer que padece, se vincule al director del Hospital General ISSSTE con el fin de que continúe en su calidad de derechohabiente, en virtud de que perdió tal particularidad por el proceso penal que se sigue en su contra”.
Por último, el juez precisó que no está obligado a vincular al director del Hospital General del ISSSTE para que Cristian G. B. siga como derechohabiente de dicho instituto y se le brinde el tratamiento al cáncer que padece, pues el hecho de que inicialmente se le hubiera dado un tratamiento no implica que deberá seguirse realizando su atención en dicho hospital hasta su conclusión, pues ninguna norma exige que esto sea así y, además, el derecho a la salud se le está garantizando, debido a que el director del Cereso de Pachuca realizó las acciones pertinentes para canalizar al quejoso a una institución pública donde pueda seguir el tratamiento.
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