YOLANDA

Matrimonio: una institución discriminatoria

El matrimonio fue y es una figura heterocispatriarcal que imponía una única forma de generar lazos económicos, políticos, sociales, legales y familiares. 

Aunque a Juárez le debemos la reforma que “separo” el estado de la iglesia, el origen del Registro Civil no se vio beneficiado, al menos no al principio. El Registro hacia su labor con la recopilación de fes de bautismo y matrimonio para reconocer a las personas y las familias.  

Durante 8 años México Igualitario y muches activistas, personas acompañadas hemos dado la batalla en Hidalgo para que esta figura pueda transformarse en una institución que proteja a todas, todos y todes.  

Aunque en mayo de 2019, después de 6 años de lucha logramos que se reconociera el matrimonio y concubinato igualitario, a la legislación pasada no se le convención de derogar el artículo 11 que establece como obligación de esta figura la preservación de la especie, a pesar de que en 2015 la Suprema Corte de Justicia de la Nación le indicó al Congreso que era un precepto violatorio de los derechos humanos de las personas que no desean o puedan gestar. 

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En su artículo 19, la mencionada Ley en lista los impedimentos para casarse, la primera incapacidad mental. El concepto es tan amplio, ambiguo y poco claro de cómo probarse que podría estarse violando los derechos de las personas con discapacidad o diversidad funcional psicomotora.  

Como aún no se cuenta con el reglamento del Registro del Estado Familiar (una deuda que ya va para más de 2 años), cada registro impone uno que otro requisito que va más allá de lo que la Ley para la Familia permite, sin embargo, entre sus requisitos básicos, que han quedado rezagados y son totalmente discriminatorios podemos mencionar los siguientes:  

  1. Certificado médico expedido por una institución pública, especificando no padecer enfermedad de riesgo, contagiosa, crónica degenerativa e incurable. 

Se incorporó en los Códigos Civiles y Leyes para la Familia con la pandemia del VIH/SIDA. Sus orígenes estigmatizan criminalizan a las personas que viven con alguna ITS, VIH/SIDA o VPH a las cuales se les niega su derecho a formar una familia y a la vida privada. Impedir un matrimonio por estas causas, no es una estrategia idónea para el control y erradicación de estas afectaciones a la salud. De hecho, es una forma de castigo jurídico y social por vivir con alguna enfermedad, síndrome y virus.  

Y lo peor, la Ley obliga al Registro Civil a poner el resultado de estos exámenes en el acta de matrimonio, otra medida de señalamiento y castigo, si es que, por alguna razón permitieron la celebración del acto.  

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  1. Constancia expedida por el Sector Salud sobre conocimiento de técnicas de planificación familiar y métodos de prevención de enfermedades de transmisión sexual.  

Aunque la Ley establece que esta constancia debe ser expedida por el sector salud, en la práctica son grupos anti derechos quienes dan estás sesiones heteronormadas y con tabúes sobre la salud sexual y reproductiva. Hemos propuesto su eliminación como requisito obligatorio por atender una visión parternalista de la vida de las familias.  

El 18 de octubre, Lisset Marcelino Tovar, Adelfa Zúñiga Fuentes, Lucrecia Lucero Hernández Romualdo, Juana Vanessa Escalante Arroyo y Ángel Tenorio la bancada de MORENA presentaron una iniciativa para reformar el artículo 26 y 39 para derogar las fracciones que contemplan el impedimento y resultados de los certificados médicos.  

Celebró que se haya presentado esta iniciativa necesaria para terminar con la discriminación que las personas que viven con ITS, VIH/SIDA y VPH y espero que sea lo suficientemente cabildeada para que se apruebe lo antes posible. Aunque no contempla los demás señalamientos discriminatorios que aquí he presentado.  

La anterior legislatura ya dio algunos pasos para armonizar las leyes en materia de derechos humanos, esta legislatura está obligada a continuar con este compromiso y hacer reformas útiles para les ciudadanes.  


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