Ley antiborrachos: entra en vigor hoy

A partir de este 13 de mayo entró en vigor las modificaciones a la Ley de Tránsito y Seguridad Vial del Estado de Hidalgo que considera la cancelación de la licencia o permiso de conducir a quien infrinja la ley y conduzca en estado de ebriedad o bajo el influjo de estupefacientes o psicotrópicos, drogas enervantes u otras sustancias, además de arresto administrativo cuando se conduzca alcoholizado o drogado

Ante una media restrictiva que aún no es socializada, tras la publicación en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo (POEH) se destaca que a partir de este jueves las sanciones entran en vigor. Sin embargo, es en el contexto municipal donde también se tendrán que modificar los reglamentos.

Con base en la publicación, se desprende que el arresto por conducir en estado de ebriedad es por hasta 36 horas, y serán ante una autoridad administrativa que se tendrán que llevar a cabo la comparecencia en caso de ser detectado conduciendo un vehículo alcoholizado o bajo el influjo de alguna otra sustancia psicotrópica, enervante o sustancia de similares características.

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Si bien en alcoholímetro es una medida para detectar a estos automovilistas que ya lleva varios años, se desconoce si con los nuevos lineamientos la condición se extenderá a los 84 municipios, pues la ley ya reconoce el mecanismo tecnológico para detectar al infractor.

Un tema a destacar, es que el ciudadano ha recurrido al amparo para que en algún momento la ley lo auxilie en este tipo de faltas administrativas que son recurrentes sobre todo en fines de semana en municipios metropolitanos.

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En cuanto a las personas con menos de 18 años de edad, se establece que en caso de caer bajo este supuesto de la ley, se le llamará a sus padres o tutores para atender la situación y se establecerá un protocolo para la atención, pues no se les podrá retener en los espacios destinados para la población adulta.

En el segundo artículo transitorio, se establecer que el Poder Ejecutivo del Estado tiene noventa días naturales para prever de la esfera administrativa necesaria para el cumplimiento de la medida, además de expedir el protocolo relativo al aseguramiento de personas menores de edad.


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