El Congreso local aprobó diferentes reformas a la Ley de Movilidad y Transporte del Estado para prevenir actos de violencia contra las mujeres en unidades del transporte público, sin embargo, no fueron consideradas las nuevas adiciones en el capítulo de sanciones en caso de presentarse este tipo de hechos.
El pasado martes los legisladores aprobaron el dictamen por el cual se reforman diversas disposiciones enfocadas a brindar un servicio de transporte que prevenga cualquier tipo de violencia contra las mujeres y la protección contra actos de violencia por razón de género.
Dentro de las reformas se adicionan como atribuciones a la Secretaría de Movilidad y Transporte del Estado el implementar medidas necesarias para prevenir el acoso sexual contra de las mujeres en las unidades de servicio público.
Además de generar políticas y mecanismos de profesionalización de conductores de los servicios de transporte, a través de la capacitación, evaluación y certificación de sus competencias laborales, que incluyan las relacionadas con la materia de seguridad con perspectiva de género.
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Deberá también incluir acciones, planes y programas para que los concesionarios y permisionarios cuenten con los medios e instrumentos tecnológicos de respuesta inmediata a través de la georreferenciación, que permitan prevenir la violencia de cualquier tipo contra las mujeres en el transporte público y brinde opciones a éstas para solicitar auxilio y garantice la reacción oportuna de los cuerpos de seguridad pública.
En el artículo 152 apartado III Bis refiere que los conductores de los vehículos de los servicios de transporte en cualquiera de sus modalidades están obligados a abstenerse de realizar actos de violencia en contra de mujeres por razón de género.
Cabe recordar que el pasado 13 de julio una cámara de seguridad grabó el momento en que una mujer es violentada por el conductor de una unidad de transporte individual de Pachuca, al respecto la Secretaría de Movilidad y Transporte informó que se presentó una denuncia por hechos posiblemente constitutivos de delito ante el Agente del Ministerio Público.
Además de ello, se procedió revocar de manera definitiva el tarjetón registrado a nombre del agresor de iniciales A.V.P., por lo que no podrá volver a fungir como conductor del transporte público.
Aunque la dependencia estatal aplicó a la concesionaria una sanción por 40 UMAS (Unidad de Medida y Actualización), de las reformas recientemente aprobadas no consideran multas económicas para quien las infrinja.
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