El Congreso del Estado de Hidalgo, aprobó incluir al Código Penal local incluir la violencia vicaria, es decir, aquella donde el agresor causa daño a una mujer a través de una acción u omisión que afecte física o psicológicamente a sus hijas, hijos, persona con la que tenga otro parentesco o relación afectiva.
En estos casos, la persona generadora de esta violencia será aquella con quien la mujer mantenga o haya mantenido una relación de pareja, parentesco por consanguinidad o afinidad, o derivada de una relación de concubinato, noviazgo, matrimonio o, de hecho, con o sin convivencia.
La reforma avalada por unanimidad de votos también será considerada en la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia “es evidente que se requiere de la participación responsable de todos los poderes públicos para no admitir la negación de la violencia contra las mujeres” mencionó sobre el dictamen la diputada Erika Rodríguez.
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Señaló que además de erradicar la violencia de género cometida a través de la violencia vicaria, se garantizar el principio constitucional del interés superior de la niñez, protegiendo a las niñas y niños que se ven involucrados en este tipo de agresiones y a los que pudieran ser susceptibles de sufrirlas.
Con la reforma al Código Penal, será considerado en el Código Penal que comete el delito de violencia familiar quien ejerza cualquier tipo de violencia física, psicológica, sexual, económica, patrimonial o vicaria que ocurra o haya ocurrido dentro o fuera del domicilio o lugar que habite.
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Lo anterior teniendo como antecedente un hecho ocurrido el 2 de enero de 2021, en el municipio de Mineral de la Reforma cuando un hombre privó de la vida a sus tres hijos de tres, siete y ocho años de edad, tras discutir con su esposa y cobrar venganza de esta forma.
Según las investigaciones el agresor, antes de huir, informó a su padre lo que había hecho en perjuicio de su pareja y fue su progenitor quien presentó la denuncia ante las autoridades municipales.
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