PGJEH informa sobre denuncias de maltrato animal

¿Qué pasó con las denuncias de Jauría de Balú? Esto explicó la PGJEH

La Procuraduría General de Justicia del Estado de Hidalgo (PGJEH), rechazó que exista falta de avance en las denuncias presentadas por la activista Alba Luisa Jiménez, de la Jauría de Balú, y explicó que la mayoría de los casos corresponden a conductas que no están consideradas como delitos en el Código Penal estatal.

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Ana Lilia Martínez Hernández, titular de la Unidad Especializada en la Investigación de Delitos contra los Animales, informó que la activista no ha presentado únicamente 22 denuncias, como señaló recientemente en conferencia de prensa, sino 45 en total. De este universo, 34 fueron determinadas como no ejercicio, debido a que los hechos denunciados corresponden principalmente a deberes de cuidado y no a conductas delictivas.

Entre los reportes más frecuentes se encuentran animales amarrados, mantenidos en azoteas, en condiciones de bajo peso o sin alimentación adecuada.

En estos casos, la Procuraduría canaliza los reportes a los municipios, que son las autoridades encargadas de atender este tipo de situaciones. Martínez Hernández explicó que, aunque en ocasiones se inicia una carpeta de investigación para atender al denunciante, si después de revisar los hechos se determina que no existe un delito contemplado en el Código Penal, la investigación no puede continuar.

La funcionaria precisó que no cualquier situación relacionada con el bienestar de un animal constituye automáticamente un delito, pues el Código Penal para el Estado de Hidalgo establece de manera específica las conductas que pueden ser perseguidas penalmente.

Entre los actos tipificados como maltrato y crueldad animal se encuentran maltratar dolosamente a un animal doméstico o feral causándole lesiones; ejercer actos de crueldad que pongan en riesgo su vida o le provoquen la muerte; abandonar a un animal en la vía pública o en un inmueble, sin atención ni cuidados; captar y difundir fotografías, audios o videos de actos de maltrato o crueldad con el propósito de hacerlos públicos; utilizar métodos que provoquen un grave sufrimiento y prolonguen la agonía del animal antes de morir; así como realizar actos sexuales con un animal o introducir por vía vaginal o rectal cualquier parte del cuerpo, objeto o instrumento, conducta relacionada con la zoofilia.

También son considerados delitos relacionados con la protección de los animales organizar, promover, anunciar, financiar, patrocinar o permitir peleas de perros; operar un rastro o sitio de matanza sin autorización, así como omitir las normas de trato humanitario durante el sacrificio de animales destinados al consumo humano.

Martínez Hernández aclaró que las denuncias de Alba Luisa Jiménez no se encuentran todas sin resultados. De las 45 que ha presentado, dos fueron judicializadas y concluyeron con sentencia y reparación del daño. Además, tres carpetas permanecen en proceso de integración, mientras que seis están en archivo temporal, principalmente porque no ha sido posible identificar a los responsables o reunir elementos suficientes para continuar con la investigación.

Entre estos últimos casos mencionó los relacionados con el envenenamiento de animales. Explicó que una necropsia puede confirmar que un perro murió por intoxicación, pero para avanzar contra una persona es necesario contar con elementos que permitan identificar al presunto responsable, como videos, testimonios u otros datos de prueba. Los dos asuntos que llegaron a sentencia ocurrieron en los distritos judiciales de Pachuca y Mineral de la Reforma y estuvieron relacionados con delitos contra la vida, dignidad e integridad de los animales.

Respecto a los señalamientos de que en algunos municipios los Ministerios Públicos se niegan a recibir denuncias por maltrato animal, la funcionaria aseguró que los agentes tienen la obligación de iniciar una carpeta cuando los hechos denunciados pueden constituir un delito. Sin embargo, explicó que en agencias foráneas los Ministerios Públicos revisan si los hechos encuadran en las conductas previstas por el Código Penal, por lo que los casos relacionados únicamente con deberes de cuidado difícilmente son iniciados como carpetas por delito.

Para facilitar la atención, la PGJEH cuenta con la línea 800 912 13 14, mediante la cual los ciudadanos pueden presentar denuncias y recibir orientación. Martínez Hernández señaló que esta vía también ha sido utilizada por la propia Alba Luisa Jiménez. La línea fue habilitada por indicación del procurador
Francisco Fernández Hasbun, para atender a ciudadanos y asociaciones que tengan dificultades para presentar sus denuncias en los municipios y, en su caso, canalizarlas a las instancias correspondientes.

En lo que va de 2026, la Unidad Especializada en la Investigación de Delitos contra los Animales lleva siete carpetas judicializadas y registra tres sentencias condenatorias correspondientes a este año. La funcionaria aclaró que el número de denuncias atendidas es mayor, debido a que la unidad también recibe reportes que no necesariamente constituyen delitos, pero que son atendidos y canalizados hacia las autoridades municipales competentes.

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Sobre la posibilidad de crear una Unidad especializada para rehabilitar animales víctimas de maltrato, Martínez Hernández explicó que esta función no corresponde a la Procuraduría. Precisó que los dos médicos veterinarios adscritos a Servicios Periciales participan en las investigaciones para certificar lesiones y elaborar dictámenes, pero no proporcionan tratamientos médicos.

La atención veterinaria corresponde a los propietarios o, dependiendo de las circunstancias, a los municipios que cuentan con servicios especializados, como Pachuca, Mineral de la Reforma y Tizayuca. La titular de la unidad sostuvo que la PGJEH tiene como función investigar y judicializar los delitos, por lo que no cuenta con hospitales para animales ni tiene entre sus atribuciones brindar atención clínica.

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