Este viernes fue publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la reforma a los artículos 4º y 5º de la Constitución, que prohíbe el fentanilo, vapeadores y cigarros electrónicos.
Firmado por la presidenta de México, Claudia Sheinbaum Pardo, este decreto entrará en vigor mañana sábado 18 de enero de 2025.
El artículo 4 establece que, para garantizar el derecho de protección a la salud de las personas, la ley sancionará toda actividad relacionada con cigarrillos electrónicos, vapeadores y demás sistemas o dispositivos análogos que señale la ley.
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Así como la producción, distribución y enajenación de sustancias tóxicas, precursores químicos, el uso ilícito del fentanilo y demás drogas sintéticas no autorizadas.
El artículo 5 prohíbe la profesión, industria, comercio interior o exterior, trabajo o cualquiera otra de las actividades que refiere el párrafo quinto del artículo 4o. anterior.
En transitorios, quedó establecido que el Congreso de la Unión, en un plazo de 180 días, contados a partir de la entrada en vigor de este Decreto, deberá armonizar el marco jurídico de las leyes en las materias con el contenido del presente Decreto.
Por otra parte, que las legislaturas de las entidades federativas deben realizar las adecuaciones normativas necesarias para cumplir con lo previsto en este Decreto, dentro de los 365 días naturales siguientes a la publicación de este ordenamiento.
También que, las erogaciones que se generen con motivo de la entrada en vigor de este Decreto se realizarán con cargo a los presupuestos aprobados a los ejecutores de gasto responsables para el presente ejercicio fiscal, por lo que no se autorizarán recursos adicionales para tales efectos.
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