La Secretaría de Educación Pública publicó, a través del Diario Oficial de la Federación, el acuerdo por el cual se establecen las medidas extraordinarias para la reapertura de escuelas y el regreso a las clases presenciales.
La reapertura de actividades será de manera gradual, ordenada y cauta, conforme al sistema de semáforo por regiones para actividades sociales, educativas y económicas.
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Las escuelas interesadas en iniciar un proceso de verificación para agilizar los trámites y procedimientos necesarios ante la SEP podrán presentar un instrumento notarial que contenga la fe de hechos, mediante el cual se certifique lo siguiente:
- La recolección de evidencia fotográfica o digital del inmueble en la que se observen detalladamente las instalaciones durante la visita del fedatario público al domicilio señalado.
- La inserción en el instrumento notarial de evidencia fotográfica a color, del inmueble que permita apreciar con suficiente claridad las instalaciones, incluyendo áreas comunes, de servicios y de circulación, acondicionadas y equipadas, son óptimas para su funcionamiento y la impartición del programada de estudio.
- La descripción del equipo con la que fue tomada la evidencia fotográfica digital, nombre de la persona que la recabó, quien deberá corresponder al representante legal, de tal forma que en el instrumento notarial se deje constancia de la existencia y congruencia con lo que manifieste en sus diversas documentales presentadas.
Documentación requerida
El procedimiento sólo se aplicará si la escuela solicitante entrega la documentación que le permita acreditar:
- Ocupación legal del inmueble, en propiedad o posesión
- Constancia de uso de suelo expedida por la autoridad competente
- Una Constancia vigente de seguridad estructural
- Constancia vigente con la que se acredite que el inmueble cumple cumple con las disposiciones aplicables en materia de protección civil
Los documentos deberán enviarse al correo solicitudesacuerdo286@nube.sep.gob.mx en un horario de 9:00 a 18:00 horas, de lunes a viernes.
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