La Secretaría de Desarrollo Social (Sedeso) de Hidalgo deberá crear un Registro Estatal de Albergues Privados existentes con la finalidad de conocer las condiciones de los inmuebles y el censo de personas que residen en ellos.
Con las reformas a la Ley de Albergues Privados para Personas Adultas Mayores del Estado, la creación del registro servirá para contar con una base de datos para un control y seguimiento de la operación de los albergues y así conocer de una manera más adecuada, las condiciones en aspectos administrativos, de censo y sobre todo de servicio que otorgan en lo que respecta a su funcionamiento.
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Dicho registro deberá contar con nombre o razón social del albergue privado, domicilio, censo de los residentes, que contenga género, edad y, en su caso, situación jurídica, y el seguimiento al proceso familiar y social, así como la relación del personal que laboral en el albergue privado, incluyendo al responsable, titular o administrador, así como su representante legal, especificando la figura jurídica bajo la cual operan.
Para los albergues registrados, las reformas vigentes establecen que el responsable del inmueble deberá tratar los datos personales en su posesión con estricto apego y cumplimiento con lo establecido en la legislación procurando el bienestar de los adultos mayores.
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La pérdida de la inscripción en el Registro podrá proceder cuando a juicio de la autoridad existan causas graves que pongan en peligro la vida o la integridad física y psicológica de los residentes, por petición expresa del responsable, titular o administrador del albergue privado.
De igual forma se establece que la pérdida del registro será consecuencia también de la revocación de las diversas autorizaciones y licencia de funcionamiento.
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