La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió el 21 de agosto, por mayoría de cuatro votos, conceder un amparo a Servicios Humanitarios en Salud Sexual y Salud Reproductiva (SHSSR) A.C. contra los artículos del Código Penal de Yucatán que criminalizan el aborto voluntario. La decisión instruye al Congreso local a reformar las leyes para eliminar las disposiciones que prohíben este procedimiento.
La demanda fue presentada en 2021 por SHSSR, con apoyo de las organizaciones UNASSE A.C. y AbortistasMx, argumentando que la penalización del aborto obstaculiza su labor de ofrecer servicios de salud sin temor a ser criminalizados.
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La SCJN determinó que las normas que criminalizan el aborto impiden a la organización cumplir con su objeto social. Basándose en precedentes de otros estados y en la Acción de Inconstitucionalidad 148/2017, la Corte concluyó que el derecho a decidir sobre la vida reproductiva está vinculado al derecho a la salud, lo que requiere una reforma de las leyes penales.
Aunque la reforma aún debe ser votada en el Congreso local, los Servicios de Salud estatales ya están obligados a ofrecer el aborto voluntario. La sentencia de la SCJN busca asegurar que las personas con posibilidad de gestar puedan ejercer sus derechos reproductivos de manera legal.
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