SCJN invalida reformas a la Ley de Salud en materia indígena

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó porciones normativas del segundo párrafo del artículo 16 Quater de la Ley de Salud de Hidalgo, reformado mediante Decreto 179 publicado en el Periódico Oficial de la entidad el 28 de marzo de 2022. 

Dicha modificación establecía que los hospitales generales y regionales del estado, que atiendan población indígena, debían garantizar la asistencia de cuando menos un traductor de las lenguas náhuatl, hñähñu, otomí, tepehua, tenek y pame; sin embargo, el pleno de la SCJN refirió que dicho planteamiento resultaba excluyente de la atención integral de la salud a personas indígenas que hablan una lengua diversa a las contempladas por la norma. 

En ese sentido, el magistrado Javier Laynez precisó que dicha invalidación no obliga a la desatención de todas las comunidades, sino que evita enumerar ciertas lenguas, pues subsistirá la obligación. 

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“Garantizar traductores de todas las lenguas se vería de imposible cumplimiento, pero los centros de salud pueden valerse de distintas maneras para hacerlo, como solicitando el apoyo de instituciones como el Instituto de Pueblos Indígenas o haciendo uso de las tecnologías de la información, lo que vuelve más plausible el cumplimento de dicha obligación”, puntualizó.  

Asimismo, señaló que el derecho a la salud de las comunidades indígenas implica garantizar traductores en sus lenguas, que les asistan en las áreas de atención médica y trabajo social. 

La SCJN indicó que al establecer medidas de inclusión lingüística no pueden contemplarse solamente algunas de las lenguas o las mayoritarias dentro de la entidad, pues ello implicaría preferir solo a algunos ciudadanos en razón de su lengua y resultar subinclusiva. 

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Por tanto, el Pleno de la Corte concluyó que la norma impugnada sí resultaba inconstitucional, pues violaba los derechos a la salud y de igualdad de aquellas personas que no hablan alguna de esas lenguas o el español. 

La acción de inconstitucionalidad 63/2022 fue promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).