Registra ITAIH 6 mil 789 solicitudes de información gubernamental

El Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública Gubernamental y Protección de Datos Personales del Estado de Hidalgo (ITAIH) informó que del 1 de enero al 30 de septiembre del 2020 se presentaron 6 mil 789 solicitudes de acceso a la información y datos personales.

La solicitud de acceso a la información es un escrito que las personas presentan ante las unidades de transparencia de los sujetos obligados, por el que pueden requerir el acceso a información pública que se encuentra en documentos que generen, obtengan, adquieran, transformen o conserven en sus archivos.

La comisionada presidenta del ITAIH, Myrna Moncada Mahuem, destacó que en la generación, publicación y entrega de información, se debe garantizar que la misma sea accesible, confiable, verificable, veraz, oportuna y atienda las necesidades del derecho de acceso a la información de toda persona.

Indicó que un sujeto obligado a proporcionar información es cualquier autoridad, entidad, y organismo de los poderes legislativo, ejecutivo y judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad del estado y los municipios.

La comisionada destacó que el ITAIH trabaja para garantizar el derecho de acceso a la información, por lo que, cualquier persona podrá solicitar, investigar, difundir, buscar y recibir información de los sujetos obligados que contempla la ley.

Explicó que para presentar una solicitud de acceso a la información y datos personales se puede usar alguno de estos canales: acudiendo personalmente a la unidad de transparencia de la dependencia o institución que es sujeto obligado; por medios electrónicos a través de internet utilizando la Plataforma Nacional de Transparencia: http://www.plataformadetransparencia.org.mx/ o en http://infomexhidalgo.dyndns.org/infomexhidalgo/ en donde se asigna un número de folio para dar seguimiento al requerimiento.

También se puede requerir la información por correo electrónico, correo postal, mensajería, telégrafo, verbalmente o cualquier medio aprobado por el sistema nacional, dirigido a la unidad de transparencia del sujeto obligado, cuya información solicita.

Recalcó que es importante conservar un comprobante que acredite la fecha en que se presentó la solicitud de acceso a información pública.

La funcionaria comentó que para solicitar esta información, no se pueden pedir más requisitos que los siguientes: nombre, domicilio en el lugar donde realice su solicitud o un correo electrónico para recibir las notificaciones, y en caso de no hacerlo, se notificará a la misma dirección de correo por la que promueve o por estrados.

Se debe dar una descripción clara y precisa de lo que solicita, pues en caso de no ser clara, incompleta o errónea, se le requerirá la corrija en un plazo de 10 días hábiles, si no lo hace, se tendrá por no presentada su solicitud.

La modalidad en la que desea le entreguen la información, cuando solicite alguna modalidad de reproducción, tendrá un costo y se deberá atender a las tarifas establecidas en la Ley Estatal de Derechos.

Opcionalmente, el interesado deberá agregar cualquier dato que facilite la búsqueda o localización de la información, en caso de saberla.


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