Proponen cárcel para quienes autoricen construcciones sin considerar atlas de riesgos

La diputada María Adelaida Muñoz Jumilla presentó una iniciativa para castigar con hasta nueve años de cárcel a los funcionarios públicos que autoricen la construcción de fraccionamientos sin tomar en cuenta planes de desarrollo urbano y atlas de riesgo, generando en consecuencia un posible riesgo para los habitantes y su patrimonio.

La intensión, es establecer en el artículo 364 del Código Penal del Estado una pena de cuatro a nueve años de prisión al servidor público que autorice o expida licencias, permisos o autorizaciones, sin observar o contraviniendo el Atlas de Riesgos correspondiente.

Dicha sanción sería aplicable cuando emitan constancias o dictámenes de uso de suelo, viabilidad, construcción, fraccionamiento, urbanización, conjuntos o acciones urbanos, imponiéndoles también una multa de 700 a 1400 Unidades de Medida y Actualización vigentes, y se inhabilitará para desempeñar cualquier cargo, empleo o comisión por nueve años.

La diputada local expuso que, en la planificación urbana, el no utilizar instrumentos de ordenamiento, desarrollo, análisis de riesgos, o contravenir a los mismos, traen consecuencias graves que rápidamente se convierten en problemas públicos cuyas soluciones representan grandes costos para los gobiernos locales.

La Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano establece que las autorizaciones de construcción, edificación, realización de obras de infraestructura que otorgue la Secretaría o las entidades federativas y los municipios, deberán realizar un análisis de riesgo o en su caso definir las medidas de mitigación para su reducción.

Así mismo, la Ley General de Protección Civil señala que, en el Atlas Nacional de Riesgos y en los respectivos Atlas de las entidades federativas y Municipales de Riesgos, deberán establecerse los diferentes niveles de peligro y riesgo para todos los fenómenos que influyan en las distintas zonas.

Dichos instrumentos deberán ser tomados en consideración por las autoridades competentes, para la autorización o no, de cualquier tipo de construcciones, obras de infraestructura o asentamientos humanos.

“Sin embargo, no siempre se cumple con lo establecido en los cuerpos normativos y es necesario tipificar como delito la omisión de los mismos en los procesos de urbanización, ya que se atenta directamente contra los bienes jurídicos tutelados de las personas, como son la vida, el patrimonio o la integridad física” expuso la diputada.


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