Organizaciones que quieran ser partidos no podrán hacerlo en 2024

Durante todo enero, el Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH) estará recibiendo las solicitudes de organizaciones ciudadanas que pretendan constituirse como partido político local, y aunque hasta el momento no se ha presentado ninguna, estas no podrán participar para las elecciones del 2024. 

En los “Lineamientos que deberán observar las organizaciones ciudadanas que pretendan constituirse como partido político local” se establece que el registro de los partidos políticos surtirá efectos constitutivos a partir del primer día del mes de julio del segundo año posterior a la elección de la gubernatura, es decir hasta el 2024. 

De acuerdo con datos del propio Instituto, hasta el corte del 13 de enero, ninguna organización había entregado su aviso de intención a la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos, es decir, el documento que contiene el proyecto para la creación de un nuevo instituto político. 

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El plazo para hacerlo vence el 31 de enero, y para ello deben cumplir con una serie de requisitos, entre los que destaca contar con un número de afiliados no menor al 0.26 por ciento del padrón electoral del distrito o municipio, quienes deberán suscribir un documento formal de afiliación, así como la celebración de asambleas en por lo menos las dos terceras partes de los distritos locales o en por lo menos 28 municipios. 

En el aviso de intención, las organizaciones ciudadanas deberán exponer la denominación preliminar del partido a constituirse; así como la descripción del emblema y el color o colores que lo caractericen, así como el nombre o nombres completos y firmas autógrafas de las personas que ostenten la representación legal de la organización, entre otros. 

Posterior a ello, será el Consejo General quien deberá emitir un acuerdo de cumplimiento para que la secretaría general emita una constancia con la que la organización podrá realizar las asambleas distritales o municipales en donde se buscará cumplir con el porcentaje de afiliados, para lo cual, los ciudadanos que asistan y deseen afiliarse a la organización, deberán presentar su credencial para votar con fotografía vigente. 

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Es decir, la constancia no será considerada como la expedición del certificado de registro como partido político, ni tampoco garantizará su posterior otorgamiento. 

Tras el cumplimiento de diferentes etapas, el IEEH notificará al Instituto Nacional Electoral (INE) para que realice la verificación del número de afiliados y de la autenticidad de las afiliaciones a la organización, y el registro de los partidos políticos surtirá efectos constitutivos a partir del primer día del mes de julio del segundo año posterior a la elección de la gubernatura.