En Hidalgo, 80 de los 84 municipios enfrentan laudos laborales que representan un monto total de 600 millones de pesos, los cuales fueron generados principalmente por situaciones de negligencia, omisión o corrupción por parte de las áreas jurídicas de los ayuntamientos, informó el titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social de Hidalgo (STPSH), Oscar Javier González Hernández.
Municipios de Hidalgo sin laudos laborales
Al comparecer ante el Congreso del Estado, indicó que solo Chapulhuacán, La Misión, Juárez Hidalgo y Tepehuacán de Guerrero no enfrentan estos conflictos. Sin embargo, del monto total, más del 20 por ciento se concentra en cinco municipios.
Municipios de Hidalgo con más montos por laudos
Explicó que los mayores montos se concentran en San Bartolo Tutotepec con 31 millones 451 mil pesos, Huehuetla con 27 millones 762 mil pesos, Francisco I. Madero 25 millones 681 mil pesos, Mixquiahuala de Juárez con 24 millones 874 mil pesos y Singuilucan con 18 millones de pesos.
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Al responder a los cuestionamientos de los legisladores, explicó que durante el cambio más reciente de administraciones municipales se convocó a los alcaldes salientes y entrantes a garantizar la situación jurídica de los trabajadores, firmando un total de 2 mil 880 convenios, entregando sus finiquitos conforme a la ley.
No obstante, evidenció que parte de estos conflictos labores corresponden a juicios ganados por negligencia, omisión o corrupción por parte de los jurídicos de los ayuntamientos, quienes en algunos casos no daban atención a la notificación de demandas, lograban acreditar cargos o tenían acuerdos externos con los trabajadores.
Sobre esta situación, el secretario recordó que es una obligación de los ayuntamientos etiquetar recurso en sus Leyes de Ingreso Municipales para el pago de laudos.
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Así lo establece la Ley Orgánica Municipal para el Estado mediante reformas aprobadas en el 2024, en las cuales se refiere que deberán procurarán liquidar, al término de su administración, los laudos que dicte el Tribunal Laboral competente en su contra.
Para ello, deberá tomar las previsiones y acciones presupuestarias necesarias y evitar su extensión en periodos administrativos posteriores a aquel en que se hayan recibido.
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