Médicos podrán excusarse de interrumpir embarazos

El Congreso de Hidalgo aprobó por unanimidad de votos, las reformas a la Ley de Salud Estatal en la que se destaca que por creencias religiosas o convicciones personales, el personal de salud podrá excusarse de realizar prácticas de aborto o aquellas que consideren contrarias a su ética profesional.

El legislador José Luis Espinoza Silva refirió que las reformas y adiciones a dicha ley tienen la finalidad de elevar los accesos a los servicios de salud de la población del estado.

Entre las modificaciones se reconoce el derecho de los prestadores de servicios de salud a ser objetores de conciencia, es decir que podrán excusarse de intervenir en procedimientos, que a su consideración, resulten contrarios a sus creencias religiosas o a sus principios éticos.

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No obstante deberán salvaguardando en todo momento la salud y la vida de las personas cuando estos procedimientos sean inevitables y en todo caso será obligación de las instituciones públicas contar con personal no objetor de conciencia.

Las adecuaciones establecen la competencia del Gobierno del Estado para promover un sistema de información pública en materia de abasto de medicamentos que garantice el acompañamiento, seguimiento y atención en tiempo real  para dar atención al déficit.

También considera la atención a parejas con problemas de infertilidad como de carácter prioritario, se establece  el uso obligatorio del cubrebocas en pandemias sanitarias y la obligación de las autoridades de otorgarlo a población vulnerable.

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Cuando se contrate a prestadores de servicios de salud, darán preferencia a personas originarias que residan en el municipio en el que prestarán su servicio, así mismo incluye la facultad de la Secretaría de Salud para promover  el Centro Estatal de Trasplantes y Órganos de Seres Humanos  de Hidalgo.

De la misma forma la dependencia de salud estatal, en conjunto con la Secretaría de Educación Pública de Hidalgo, deberán promover hábitos de higiene bucodental en niños y niñas, y se otorga la facultad de dar atención médica en domicilios particulares a mujeres embarazadas sin control prenatal o alto riesgo obstétrico, personas adultas mayores personas con discapacidad, en situación de abandono o imposibilitados para acudir a un centro de salud.

Finalmente, fue incluida la cirugía bariatrica como tratamiento para enfermedades de obesidad y sobrepeso con cargo al presupuesto autorizado de la secretaria.


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