La Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México suspendió a un oficial que aparece en un video viral difundido en redes sociales en actos sexuales dentro de las instalaciones del Sistema de Transporte Colectivo Metro.
Se trata del agente Jorge López Villegas, a quien la Dirección General de Asuntos Internos tomó conocimiento, identificó al oficial, lo citó a rendir su declaración y determinó proceder con su suspensión preventiva.
Dicha suspensión se mantendrá en tanto se realizan las investigaciones correspondientes por conductas contrarias al Código de Conducta de la institución.
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Polémica en redes por video viral de adultos entre Luna Bella y policía en el Metro de CDMX
En días pasados la influencer y actriz para adultos Luna Bella protagonizó un video explícito grabado en el Metro de la Ciudad de México. La creadora de contenido para adultos, de 32 años, se convirtió en tendencia por las escenas que dieron mucho de qué hablar en las redes sociales.
La también bailarina exótica se subió al Metro de la CDMX con dos sujetos, uno vestido de policía y otro de civil, con quienes no dudó en hacer de todo frente a los usuarios del transporte colectivo.
Luna Bella, cuyo nombre real es Verónica Meléndez Coronado, causó indignación entre la gente que iba a bordo del vagón donde decidió tener relaciones sexuales con sus dos acompañantes y un pasajero que se unió al trío.
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¿Luna Bella será sancionada?
El artículo 26 numeral X de la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México, considera como una infracción contra la dignidad de las personas el hecho de “realizar la exhibición de órganos sexuales con la intención de molestar o agredir a otra persona”.
Sin embargo, el artículo aclara que esta conducta solo será sancionable “cuando exista queja de la persona agredida o molestada”.
En caso de que exista una o varias denuncias, la persona en cuestión podría hacerse acreedora a amonestaciones, multas y arresto, así como trabajo en favor de la comunidad.
“Se sancionarán con una multa por el equivalente de 11 a 40 veces la Unidad de Medida o arresto de 13 a 24 horas o trabajo en favor de la comunidad de 3 a 6 horas”, se lee en el artículo 30 del citado ordenamiento. La multa económica podría ser de entre $1,194.27 y $3,442.80.
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