Lo que debes saber sobre nuevo etiquetado en alimentos y bebidas procesados

Desde finales de julio del presente año, comenzaron a aparecer en los envases de alimentos y bebidas el nuevo etiquetado dispuesto por el gobierno federal, el cual advierte mediante sellos en forma de octágonos de color negro sobre el contenido excesivo de calorías, sodio, grasas saturadas y azúcares de un producto, el cual en días recientes recibió un premio internacional por parte de la Organización Mundial de la Salud.

Justamente la revista Poder del Consumidor de Profeco indicó que el proceso para que los consumidores mexicanos cuenten con un etiquetado claro, fácil de entender y que informe sobre el contenido real de lo que se está consumiendo, se realizó en dos momentos paralelos. Una parte del proceso la hizo el poder Legislativo y por otro el Ejecutivo federal.

Desde julio de 2019 se presentó ante la Cámara de Diputados la iniciativa para modificar la Ley General de Salud en materia de etiquetado, la cual fue aprobada posteriormente por el Senado de la República, y publicada en el Diario Oficial de la Federación en noviembre del año pasado.

La modificación aprobada por el Congreso estableció que el etiquetado en México tiene que ser un etiquetado frontal de advertencia, que informe de manera veraz, clara, rápida y simple sobre el contenido de los nutrimentos críticos y demás ingredientes que determine la autoridad sanitaria.

El decreto se publicó el 8 de noviembre 2019 en el Diario Oficial de la Federación, por el cual se reformó y adicionó diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de sobrepeso, obesidad y de etiquetado de alimentos y bebidas no alcohólicas.

De manera paralela a la actividad legislativa, el Gobierno Federal inició el proceso para modificar la Norma Oficial Mexicana (NOM-051) sobre etiquetado en alimentos y bebidas, donde estarían definidos los lineamientos para la aplicación de esta modificación a la ley de etiquetado.

En este proceso se formaron mesas de trabajo coordinadas por la Secretaría de Economía y la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), donde participaron los institutos de salud, organismos internacionales, centros de enseñanza superior, colegios de profesionales, sociedad civil y el sector industrial.

Resultado de ese trabajo fue el proyecto de norma, que estuvo en consulta pública del 11 de octubre al 10 de diciembre del 2019, en el cual se recibieron 5 mil 200 comentarios, convirtiéndose así en la norma que más comentarios ha recibido en la historia.

El proceso concluyó el 27 de marzo del 2020 con la publicación de la Norma Oficial Mexicana NOM-051-SCFI/SSA1-2010 (NOM-051) sobre el etiquetado de alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados, que entrará en vigor el próximo 1 de octubre de 2020, aunque las empresas tendrán una prórroga hasta el 30 de noviembre para colocar el nuevo etiquetado.

Justo el 31 de julio de 2020, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) un Acuerdo Interinstitucional entre la Secretaría de Economía, COFEPRIS y PROFECO que establece plazos y criterios para no sancionar a productores, importadores o comercializadores durante las actividades de verificación que realicen estas autoridades.

Los productos que cumplan con la NOM-051 actual podrán ser comercializados hasta el 30 de noviembre de 2020. Después de esa fecha, hay la advertencia de que a partir del 1 de diciembre de 2020 comenzarán las sanciones a quienes incumplan con la nueva normatividad.

Esta Norma Oficial Mexicana NOM-051 tiene el objetivo de brindar al consumidor la información comercial y sanitaria sobre el contenido de nutrimentos críticos e ingredientes que representan un riesgo para la salud en los productos preenvasados.

El nuevo etiquetado consta de cinco sellos en forma de octágono, de color negro y letras blancas, que advertirán cuando un producto tenga exceso de calorías, sodio, grasas trans, azúcares y grasas saturadas.

La cantidad de estos nutrimentos en los productos se limita con base en el Perfil de Nutrientes de la Organización Panamericana de la Salud, y el aviso se coloca cuando el producto excede la cantidad de azúcares, grasas saturadas, grasas trans, sodio y calorías.

Estos criterios nutrimentales se implementarán de forma gradual mediante tres fases y también se colocan en los productos dos leyendas precautorias: la primera para productos que contengan edulcorantes y la segunda para aquellos con cafeína, como advertencia para evitar que niñas y niños los consuman.

Ahora con el nuevo etiquetado, en tabla nutrimental y lista de ingredientes ya se puede conocer cuál es la cantidad de azúcares añadidos, y la cantidad exacta de azúcares agregados al producto en el proceso de fabricación. Asimismo, el contenido nutrimental reporta en porciones de 100 g o 100 ml, para facilitar la comparación entre productos.

Cabe señalar que si un producto contiene sellos de advertencia no podrá contar con el respaldo de asociaciones médicas. Además, la norma estipula que los productos que contengan uno o más sellos de advertencia así como leyendas precautorias, no podrán contener ninguna estrategia publicitaria, como el uso en el empaque de personajes, dibujos animados, etcétera.

Aunque los productos sean pequeños, tampoco estarán exentos de las advertencias, pues una de las estrategias que la industria de alimentos y bebidas ha realizado para evitar regulaciones, como la de alimentos y bebidas en las escuelas, ha sido producir empaques “mini”, también conocidos como “mini chatarra”.

Con las modificaciones al etiquetado, en los productos de tamaño pequeño se usaran octágonos negros, con el número que indique la cantidad de sellos.

Desde ahora, los consumidores pueden ver el nuevo etiquetado frontal en miles de productos que exhibirán sellos de advertencia, octágonos negros y leyendas precautorias.

El nuevo etiquetado ya fue premiado por la Organización Mundial de la Salud esta semana y ha sido reconocido y celebrado por instituciones y organismos nacionales e internacionales, como las agencias de Naciones Unidas (OPS/OMS, Unicef y FAO), la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), del Sistema de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes (Sipinna), los institutos nacionales de salud, la UNAM, IPN, UAM, las Secretarías de Economía y Salud, y organismos internacionales, como World Obesity Federation, World Cancer Research Fund y NCD Alliance.


Comentarios

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *