La visión de los vencidos

Una agenda pendiente para nuestras sociedades, es el respeto que les debemos, la consideración como miembros de nuestros contextos y la aceptación de que existen las naciones indígenas, quienes mantienen en su cosmovisión los orígenes de la existencia humana, al menos en México existen poco más de 68 familias étnicas con su propia lengua, mismos que han sido vejados, discriminados, pero también plagiados.  

Como lo ocurrido recientemente en el año 2015 cuando la empresa trasnacional “Nestlé México” saco en venta una línea de “tazas coleccionables” con el diseño de los bordados del municipio de Tenango de Doria, situación que enfrentaron en litigio pobladores de “San Pablo El Grande”, posteriormente la cadena Liverpool, comercializó un modelo de “tenis” de la marca de ropa; “That´s it” con estampados con el mismo diseño, que tras una denuncia la tienda término por retirarlos del mercado.   

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Otro ejemplo que pone de manifiesto el “robo” del diseño de bordados de comunidades con denominación étnica, fue lo ocurrido en la presentación de la Colección RESORT 2020, que desarrollo la marca “Carolina Herrera”, donde se identificaron el uso de bordados del “Istmo de Tehuantepec”, el “Sarape de Saltillo” y por supuesto del municipio de la conocida sierra “otomí-tepehua”.  

En esa ocasión la Secretaria de Cultura manifestó su inconformidad a través de una carta que envió a la conocida diseñadora y a Wes Gordon quien se desempaña como “director creativo” (irónicamente) para que explicaran cuales fueron los fundamentos para utilizar los “elementos culturales”, de los cuales sumaron grandes fortunas sin ningún beneficio alguno para los lugares de origen, lo que se consideró como un vil lucro.  

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La semana pasada, la nueva Ley Federal de Protección del Patrimonio Cultural de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas fue aprobada en el Senado y remitida al Ejecutivo para su promulgación en el DOF, una ley que establece mecanismos de protección y salvaguarde del patrimonio cultural material e inmaterial, con sanciones de hasta 18 años de prisión por “abusos” de marcas extranjeras, o empresas nacionales que plagien diseños, a través de dos procedimientos para iniciar una demanda, con posibilidades “paralelas” de conciliación en favor de los nuestros.  


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