El febrero de 2023 entrará en funciones el Instituto Hidalguense para Devolver al Pueblo lo Robado a la par de la Ley para la Administración y Destino de Bienes Asegurados, Abandonados, Decomisados y Extinción de Dominio de Hidalgo.
Con la publicación del decreto que contiene la citada ley en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo (POEH), se establece un periodo de 60 días para su entrada en vigor, es decir hasta febrero próximo, y a partir de dicha fecha los bienes sujetos a los procedimientos penales y/o de extinción de dominio que se encuentren en trámite, la administración, enajenación y destino de los mismos, se ajustarán a la nueva norma legal.
La nueva Ley faculta al Instituto para administrar, enajenar, usar, usufructuar, monetizar, dar destino o destruir directamente los bienes, activos o empresas que le sean transferidos o nombrar a las personas que funjan como depositarios, liquidadores, interventores o administradores, e incluso, encomendar a terceros la enajenación y destrucción de estos.
Su administración estará a cargo de dos áreas; la primera es la Junta de Gobierno, conformada por la persona titular de la Secretaría de Finanzas, dos subsecretarios de la misma dependencia, el fiscal General de Justicia del Estado, el titular de la Secretaría de Gobierno, y el titular del Tribunal Superior de Justicia del Estado.
La segunda área a cargo será la Dirección General, cuya persona titular deberá ser designada por el gobernador del Estado y tendrá que ser ratificada por la Junta de Gobierno.
Dentro de los artículos transitorios de la Ley, establece que la Secretaría de Finanzas otorgará, conforme a la disponibilidad presupuestal, los recursos que sean necesarios para la instalación y funcionamiento del Instituto, además, la Junta de Gobierno del Instituto deberá tener su primera sesión ordinaria a los primeros diez días hábiles de la entrada en vigor.