El Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH) deberá modificar parcialmente las reglas inclusivas de postulación para candidatas y candidatos a diputaciones locales, con el fin de no vulnerar los derechos de las personas con discapacidad que deseen postularse.
Así lo determinó el Tribunal Estatal Electoral (TEEH) al resolver un recurso de revisión del Partido Encuentro Social donde considera que el documento no protege de posibles actos de discriminación a las personas.
Esto al señalar que posterior a la postulación será de escrutinio público el documento por el cual acredita su tipo de discapacidad.
Asimismo, el órgano electoral deberá modificar el apartado referente a las sustituciones estableciendo que también tendrá que ser con personas con discapacidad que ocupen el segundo lugar en la lista.
Dentro de la misma sentencia, fue declarado improcedente el argumento del PESH que señala la omisión de la discapacidad visceral, la cual se refiere a las deficiencias en las funciones corporales del sistema cardiovascular, es decir con problemas respiratorios, digestivos, inmunológicos, entre otros.
No obstante, el TEEH determinó que dicha discapacidad no forma parte de la clasificación oficial de la Organización Mundial de la Salud.
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