Con la publicación en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo de la reforma a la Constitución Política del Estado, los partidos políticos están obligados a garantizar la paridad de género en las candidaturas al puesto del titular del Poder Ejecutivo del Estado.
Es decir que, a partir de estas elecciones, tendrán la obligación de alternar entre sus candidaturas a un hombre y una mujer por cada periodo en el que participen.
La reforma a la constitución establece en su artículo 62 que la elección del gobernador será directa, secreta, uninominal y por mayoría en todo el territorio estatal o, en los términos de la Ley de la materia, pero los partidos políticos deberán alternar el género en la candidatura para cada periodo electivo.
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Es decir que si para el siguiente proceso electoral postulan a un hombre para contender por la gubernatura, entonces en el proceso del 2028 deberán postular una mujer.
Lo anterior es resultado de lo mandatado por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) que vinculó a los congresos locales para regular la paridad en las gubernaturas antes del inicio del proceso electoral siguiente al llevado a cabo en 2021.
Independientemente de la presentación de sus candidaturas, tienen la obligación de considerar en sus reglas democráticas internas una convocatoria abierta a ambos géneros, por lo que en sus procesos internos de selección deben participar tanto mujeres como hombres.
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