Diputados de Hidalgo proponen hacer obligatorias las transmisiones de sesiones de cabildo

Legisladores locales de Hidalgo proponen que sea una obligación de los ayuntamientos la transmisión en vivo de las sesiones de cabildo o la publicación de la grabación íntegra a fin de garantizar la transparencia y el acceso a la información pública.

Avelino Tovar Iglesias, diputado del Partido Verde Ecologista de México, explicó que de aprobarse las reformas a la Ley Orgánica Municipal para el Estado se asegurará que estos ejercicios sean públicos y abiertos, accesibles para toda la ciudadanía, sin importar la ubicación geográfica o condición social.

Puedes leer: ¿Qué pasó con los 7 niños que se intoxicaron en una alberca del IMSS? Te contamos

Reconoció que actualmente, son pocos los municipios que transmiten el desarrollo de sus sesiones donde se abordan temas relevantes para sus habitantes, en otros casos, las actas se publican semanas después; y otros más únicamente se limitan a presentar resúmenes ejecutivos o se alojan en formatos no accesibles.

“Esta situación genera un vacío en el derecho de la ciudadanía a conocer cómo se toman las decisiones públicas y limita el principio de publicidad de los actos de gobierno”, explicó.

Aunque reconoció que en algunos casos existen limitaciones presupuestarias o tecnológicas, la mayoría de los cabildos cuenta con páginas web, redes sociales y otros mecanismos digitales con los cuales es posible realizar transmisiones en vivo de forma sencilla y a bajo costo.

“En muchos casos, la falta de transmisión no se debe a obstáculos técnicos, sino a una falta de voluntad política o a una cultura institucional poco orientada a la rendición de cuentas”, consideró.

Por ello, se propone establecer que los ayuntamientos estén obligados a transmitir en vivo las sesiones de cabildo a través de medios de comunicación o plataformas digitales oficiales, de libre acceso para la ciudadanía para garantizar el principio de máxima publicidad, transparencia y derecho de acceso a la información pública.

Cuando por causas justificadas no se pueda, el ayuntamiento deberá publicar la grabación íntegra dentro de un plazo no mayor a cinco días hábiles posteriores a su realización, mediante los mismos canales de difusión.

Así mismo, el proyecto refiere que en ningún caso podrá omitirse la transmisión o publicación bajo pretextos administrativos, presupuestales o tecnológicos, salvo causa de fuerza mayor.


Comentarios

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *