El Congreso del Estado aprobó reformas a la Ley para la Familia del Estado estableciendo como información pública el Registro de Deudoras y Deudores Alimentarios Morosos.
El dictamen aprobado por los legisladores establece en el artículo 141 Bis de la Ley para la Familia que toda persona obligada a otorgar pensión alimenticia que incumpla durante 90 días, consecutivos o no dentro de un año, será inscrita en dicho Registro, salvo que acredite estar al corriente o cubra la deuda correspondiente.
Una vez confirmado el incumplimiento, el Juez de lo Familiar deberá ordenar de inmediato la inscripción a esta base de datos que será público y con base en lo dispuesto por las leyes en materia de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados.
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La propuesta, originalmente presentada por diferentes legisladores, refiere que de acuerdo con la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de pensiones alimenticias, este registro debe ser público como una medida proporcional, eficaz y necesaria para presionar al cumplimiento de una obligación legal derivada de sentencia o convenio judicial.
Al respecto, la diputada Tania Meza Escorza, una de las promoventes del proyecto, destacó que la reforma responde a una exigencia social que ha sido encabezada especialmente por mujeres y colectivas que luchan contra la violencia económica.
“Esto es justicia. Visibilizar a quienes incumplen con su obligación alimentaria es dejar de normalizar una forma de violencia que afecta directamente a las infancias. Hidalgo no puede seguir ignorando esta realidad”, expresó la legisladora.
Recordó que estados como Oaxaca, Coahuila, Puebla y la Ciudad de México ya cuentan con registros públicos y han demostrado que estas medidas fortalecen la protección de los derechos de la niñez y reducen la impunidad.
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