Ricardo Baptista en campaña

Anulan candidatura de Ricardo Baptista a la alcaldía de Tula

En sesión nocturna, los magistrados del Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo, María Luisa Oviedo Quezada y Manuel Alberto Cruz Martínez determinaron votar la revocación de la candidatura de Ricardo Baptista González a la presidencia municipal de Tula, al considerar que no se separó en tiempo y forma de su puesto como diputado local en el Congreso de Hidalgo en los 90 días previo a los comicios.

Además, los magistrados emitieron resoluciones sobre cinco expedientes relacionados a la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, que fueron planteados en la sesión virtual realizada a partir de las 23:15 horas y que se prolongó hasta la madrugada.

El primer tema planteado por la magistrada María Luisa Oviedo Quezada fue el tema de la candidatura de Ricardo Baptista, de la cual se dijo que tras un análisis, se determinó su rechazo, debido a que su solicitud de licencia al cargo de diputado local para postular como candidato por Morena no se hizo en tiempo y forma.

En el pleno del TEEH se expuso que Baptista no cumplió con los 90 días que deben anteceder a la separación del cargo para postular como candidato al cargo de alcalde, ya que su licencia la pidió 88 días antes, por lo que incumplió con el plazo establecido en la ley sobre la materia.

Así se declararon fundados los agravios que interpuso Victoriano Apodaca García en el juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano bajo el expediente TEEH-JDC-170-2020.

Oviedo Quezada explicó que por las fechas, baptista pidió una primera licencia a su cargo que fue de 26 días, mientras la segunda acumuló 60 días, por lo que en la suma sólo da 86 días y no los 90 requeridos para la separación de su cargo.

Aunque la magistrada Mónica Patricia Mixtega Trejo propuso declarar infundado el agravio de inegibilidad de Baptista, la magistrada presidenta María Luisa Oviedo Quezada y el magistrado Manuel Alberto Cruz no aprobaron esta tesis al votarla en contra, por lo que el agravio se declaró fundado y se determinó turnar el proyecto y dar un plazo de 24 horas para la realización de su análisis.

Por otro lado, el magistrado Manuel Alberto Cruz Martínez abordó el primer juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, comprendidos en el expediente TEEH-JDC094/2020 y su acumulado, promovido por Miguel Ángel Peña Sánchez.

Por su parte, la magistrada María Luisa Oviedo Quezada expuso el caso promovido por Daniel Velázquez Peña, bajo el expediente TEEH-JDC-105-2020, además de que se llevó a cabo también otro juicio de protección de los derechos político-electorales del ciudadano fue abordado por el magistrado Manuel Alberto Cruz Martínez, quien expuso su tesis vinculada al expediente TEEH-JDC-178-2020, que promovió Humberto Huesca García.

A la magistrada Mónica Patricia Mixtega Trejo le tocó plantear el caso auspiciado por David Cuevas Covarrubias en el expediente TEEH-JDC-188-2020 y por último, la presidenta magistrada María Luisa Oviedo Quezada se refirió al expediente TEEH-JDC-210-2020, que promovió Ana Lilia Fuentes, junto con otras personas, en la que se declararon procedentes la protección de los derechos político-electorales del ciudadano de los cinco expedientes.



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