El alcalde de Tulancingo, Jorge Márquez Alvarado, acudió ante la justicia federal para evitar el pago de una multa por 16 mil 285.50 pesos impuesta el 10 de abril pasado por el consejo general del Itaih, por incumplir con sus obligaciones de transparencia aun y cuando había sido notificado sobre el tema previamente para que lo atendiera, pero que hizo caso omiso.
De acuerdo con el recurso de amparo 908/2024, radicado en el juzgado tercero de distrito, el edil señaló que el Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública Gubernamental y Protección de Datos Personales del Estado de Hidalgo (Itaih), le impuso dicha multa sin justificación, por lo que el juzgador determinó conceder la suspensión provisional del acto reclamado.
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Esto es para el efecto de que la autoridad responsable continúe con el procedimiento laboral, pero deberá abstenerse de efectuar el cobro de la multa impuesta el 10 de abril dictada en el expediente 27/2023-SJ, ya que de ejecutarse el acto reclamado, causaría al quejoso daños y perjuicios de difícil reparación.
No obstante, dicho cobro se detendrá en tanto se resuelva sobre la suspensión definitiva.
Cabe recordar que hace más de un mes, el consejo general del Itaih aprobó sancionar con multa a ocho presidentes municipales y un exalcalde por incumplir con sus obligaciones de transparencia luego de que previamente fueron amonestados sus ayuntamientos y notificados por dicha situación.
Esto, tras la verificación realizada a 12 sujetos obligados en el primer bimestre de 2023, con el fin de constatar que dieron cumplimiento a la atención de las observaciones realizadas previamente, en donde se requirió al mando superior (alcalde) del sujeto obligado (municipio) atender el tema o se haría acreedor a una medida de apremio.
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Sin embargo, aunque fueron notificadas las observaciones en varias ocasiones, estas no fueron atendidas o no se cumplieron en su totalidad, por lo que se impuso una multa por 16 mil 285.50 pesos a cada uno de los nueve alcaldes sancionados, entre ellos Tulancingo.
La sanción económica impuesta debía pagarse con recurso propio de los ediles a la Procuraduría Fiscal; además, se dio vista del caso a los órganos internos de control de cada ayuntamiento para que realizara lo que a su derecho conviniera.
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