Para el próximo proceso electoral, que en Hidalgo corresponderá a la elección del titular del Poder Ejecutivo del Estado, se permitirá que las personas privadas de la libertad sin una sentencia condenatoria puedan votar, así lo aprobó el Congreso del Estado mediante distintas reformas al Código Electoral de la entidad.
El decreto avalado refiere que la ciudadana o el ciudadano que este privada o privado de la libertad y no le hayan dictado sentencia condenatoria, podrá votar en los procesos electorales y en cualquier mecanismo local de participación ciudadana organizados en el Estado de Hidalgo.
Así mismo, se hace obligatorio para los partidos no postular a personas que estén condenadas o condenados mediante sentencia ejecutoriada, por delito de acoso o abuso sexual, o delitos de violencia de género o violencia familiar.
Además de no ser deudora o deudor alimentario moroso, salvo que acredite estar al corriente del pago, cancele esa deuda, o bien tramite el descuento correspondiente.
Otras de las modificaciones avaladas, obliga a los partidos a distribuir de manera paritaria y equitativa, todas las prerrogativas a que tienen derecho.
Fija también que el financiamiento de campaña será administrado en su totalidad por los partidos políticos; su distribución deberá hacerse de manera paritaria y equitativa entre sus candidatas y candidatos que encabecen las fórmulas o planillas.
De igual forma establece como atribución y obligación de los Consejos Municipales Electorales, el canalizar las quejas de la ciudadanía y los actores del proceso electoral a los órganos competentes.
En su artículo 118 fija que las listas de representación proporcional para diputados se integrarán por candidaturas de género distinto, alternadamente, con fórmulas de propietarios y suplentes del mismo género, pero al respecto, los diputados añaden que esto podrá ser exceptuado a solicitud del partido o candidatura independiente, siempre y cuando suplencia recaiga en una mujer cuando el propietario sea hombre.
El Decreto aprobado este jueves, entrará en vigor, concluidos los procesos electorales presentes y previa publicación en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo.
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