El Juzgado Segundo de Distrito en Materia Civil resolvió de manera definitiva que las acusaciones vertidas contra Carlos Alberto Torres Torres carecen de sustento probatorio.
La sentencia judicial confirma que un medio de comunicación nacional difundió información inexacta, lo que derivó en una afectación directa a la reputación e imagen del implicado.
La resolución destaca que el medio responsable no pudo acreditar la veracidad de sus señalamientos durante el juicio y, además, vulneró el derecho de réplica del afectado.
En consecuencia, la autoridad ordenó la publicación de la rectificación en espacios equivalentes a la nota original y el pago de una sanción económica.
Con este fallo, quedan desestimadas legalmente las versiones que vinculaban a Torres Torres con actos irregulares.

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