Mientras esperábamos el histórico grito de independencia, la Secretaría de Gobernación envió a la Cámara de Senadores una iniciativa que reformará la Ley de Amparo, así como al Código Fiscal y a la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa. De acuerdo a lo que se señala en la exposición de motivos, estas reformas son necesarias para la reingeniería del nuevo Poder Judicial, el cual ha sido legitimado por un proceso electoral.
En cuanto a la Ley de Amparo se ha generado una gran preocupación por tres cuestiones en específico: la definición del interés legítimo, la limitación de la suspensión y la flexibilización para que las autoridades no cumplan las sentencias.
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¿Por qué nos debe importar esta discusión?
La Ley de Amparo regula los mecanismos que las personas tenemos para defendernos de las violaciones a los derechos humanos y la Constitución que las autoridades municipales, estatales y federales pueden realizar en su actuar.
Particularmente, el amparo indirecto ha sido una vía para que los movimientos sociales, como el del aborto o el de los derechos de las personas LGBTIQ+ hayamos conquistado el reconocimiento y garantía de nuestros derechos fundamentales.
La propuesta que se está discutiendo en el senado no se funda en el vacío, sino en criterios que se fueron construyendo con la Corte anterior y que dan como resultado una visión que más que proteger y acercar la justicia al pueblo, nos despoja de la mínima protección que teníamos.
Por ejemplo, los requisitos que se impone para acceder al amparo por interés legítimo que es una figura que nos ha permitido a ciertas poblaciones, como la LGBTIQ+ o las personas con posibilidad de gestar, denunciar que existen leyes discriminatorias que su sola existencia viola el derecho a la igualdad y no discriminación, sin que tengamos que vivir esa violencia, se perdería y necesitaríamos otra reforma a la Ley de Amparo para poder tener ese derecho. Con la nueva definición se le estaría pidiendo a las personas que ya sabemos que alguna norma nos lesiona, que por favor dejen que una autoridad les violente con ella para entonces si solicitar la protección de la justicia ¿qué no se supone que queremos prevenir, que no queremos que nunca más la violencia se vuelva a repetir?
Me preocupa la parte de flexibilizar las razones por las cuales las autoridades pueden declararse imposibilitados a cumplir una sentencia. Es cierto que las autoridades no están obligadas a lo imposible, pero justo en temas de salud hace algunos años la Corte estableció criterios para que en casos donde una unidad médica no tenga los medicamentos para las personas que viven con VIH demuestren que se agotó todo, incluido el auxilio de la cooperación internacional, para decir que esa persona no puede tener sus medicamentos.
La reforma tiene algunos puntos rescatables: la institucionalización del amparo digital y la imposición de plazos para emisión de sentencias, son buenos, pero particularmente este último punto podría quedar como letra muerta por la falta de presupuesto, personal e insumos para resolver el sin fin de expedientes que día a día se presentan.
El Congreso de la Unión tiene la oportunidad de mejorar la propuesta de la Presidencia para lograr que el amparo si sea un recurso al alcance de todas las personas y traiga la justicia que merecemos.
Sin embargo, si se aprueba con estas deficiencias no implica que nos quedaremos en un total estado de indefensión, sino que desde el derecho les abogades vamos a tener que sacar nuestra creatividad para seguir utilizando al amparo para proteger a las personas.
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