INE

Desecha SCJN queja del INE en contra de la disminución de tiempos en radio y tv

Se mantendrá vigente la disposición de reducir los tiempos fiscales para radio y televisión, luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó un recurso de reclamación interpuesto por el Instituto Nacional Electoral (INE) en contra de esta medida.

Por decreto presidencial del 20 de abril del año pasado se decidió otorgar a las empresas de este sector una disminución en los espacios que, como parte de sus impuestos, deben poner a disposición del gobierno federal para la difusión de sus mensajes.

Te sugerimos: Detienen a Mario Marín, ex Gobernador de Puebla, en Acapulco; lo llevan a Cancún

El presidente Andrés Manuel López Obrador justificó la medida señalando que “la industria de la radio y la televisión está pasando por un mal momento, porque han bajado sus ingresos en general y nosotros no podemos darles dinero para publicidad, como era antes”.

El INE promovió ante la SCJN una controversia contra esta disposición, por considerar que afectaría los tiempos disponibles para las campañas políticas y también para la promoción del voto.

Esto, no obstante que el decreto respectivo señala en sus considerandos que “dicha reducción no resultará aplicable al inicio de las precampañas y hasta el día de la jornada electoral”.

Decreto afecta modelo

El consejero presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello, afirmó que el decreto afecta el modelo de comunicación política y que además invade las facultades del instituto como único responsable de administrar los tiempos en radio y televisión para propaganda política y electoral.

Te recomendamos: Ciudadanos cuyo apellido comience con A, funcionarios de casilla: INE

Al presentar este juicio constitucional, el INE solicitó que se le otorgara la suspensión provisional del acto reclamado, lo cual fue rechazado; por esa razón interpuso la reclamación que fue desestimada por unanimidad en la sala de la SCJN.

La decisión supone que la reducción de tiempos fiscales continuará vigente hasta en tanto la Corte no resuelva el fondo de esta controversia.

Por Eduardo Murillo


Comentarios

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *