Diputados del Congreso de Hidalgo aprobaron por unanimidad la minuta con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 123 de la Constitución política de México en materia de salarios, iniciativa que fue aprobada en el Senado de la República la semana pasada.
Dicha propuesta, para entrar en vigor, debe ser aprobada por la mayoría de los congresos locales, en donde Hidalgo ya lo avaló, por lo que el aumento al salario mínimo no deberá ser menor a la inflación.
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Salario mínimo en Hidalgo es parte de una estrategia económica
El diputado Juan Pablo Escalante Urbán, durante la lectura de los fundamentos del dictamen, precisó la reforma busca mejorar las condiciones laborales mediante salarios dignos como parte de una estrategia económica que fomenta la creación de empleos bien remunerados y productivos.
Asimismo, aseguró que la reforma es un paso firme a la justicia social, pues la dignificación de salarios es cuestión de justicia humana.
Por su parte, el legislador Avelino Tovar Iglesias, refirió que ya era momento de saldar la deuda histórica que se ha tenido con la clase trabajadora, pues de acuerdo con cifras de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos, en 36 años no se habían registrado aumentos en los salarios mínimos como en los últimos 5 años.
“La actual política de salarios mínimos ha contribuido a dignificar el salario, así como garantizar un piso de bienestar mínimo para las familias y los trabajadores que menos ganan”, dijo.
Además, puntualizó que en los últimos años el salario mínimo diario paso de 88.36 pesos en 2018 a 248.93 este año, lo que representa un aumento significativo en pro de los trabajadores.
En tanto, Marco Antonio Mendoza Bustamante, precisó que si bien está a favor del aumento salarial anual; sin embargo , explicó que la modificación a la Constitución en el apartado A, fracción sexta del artículo 123, establecer que la aplicación anual de los salarios mínimos generales o profesionales o la revisión de los mismos nunca estará por debajo de la inflación observada durante el periodo de su vigencia de este artículo para los trabajadores del sector público.
Pero se agrega que el incremento salarial a maestras y maestros de nivel básico de tiempo completo, policías, guardias nacionales, integrantes de la fuerza armada permanente, así como médicos y enfermeros deberán percibir un salario mensual que no podrá ser inferior al salario promedio registrado ante el IMSS que es de 16 mil 777 pesos.
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Los incrementos salariales deben darse el 1 de enero de cada año y no debe ser menor a la inflación.
“Sin embargo, debemos poner sobre la mesa el impacto que tendrán los trabajadores al estar expuestos a mayores cargas fiscales, sobre todo al ISR”, por lo que planteó la necesidad de buscar la manera de que eso no afecte a los trabajadores.
Aunado a que no todos los docentes podrán tener acceso a un incremento salarial, ya que la reforma solo estipula que serán beneficiados los de educación básica con registro de tiempo completo.
MHO
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