Luego que el Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH), negara al Partido Verde Ecologista de México (PVEM) el registro de los candidatos a la presidencia municipal de Jaltocán, propietario y suplente, por no presentar presuntamente el documento que acreditaba su adscripción indígena, el Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) revocó dicha determinación.
En sesión del pleno, durante la lectura de la sentencia se informó que si bien el instituto realizó dos requerimientos sobre las solicitudes de registro para el municipio de Jaltocán, en donde se solicitó acreditar la pertenencia indígena, en estas no fueron incluidos los quejosos, ya que se les pidió acreditar su discapacidad permanente.
Sin embargo, el IEEH al analizar la procedencia o no de la solicitud de los aspirantes en la planilla, determinó que el candidato a alcalde y su suplente no cumplían con la autoadscripción indígena, pero cuando el órgano jurisdiccional revisó el expediente, advirtió que se encontraba documentación que avala su pertenencia al pueblo originario, ya que los aspirantes viven en el municipio considerado indígena y fue emitida una constancia de radicación por parte de la presidencia municipal.
“Contrario a lo afirmado por la autoridad, sí demuestran su pertenencia indígena”, señala la sentencia, por lo que el tribunal determinó revocar el acuerdo IEEH-CG076/2024, pero solo en la parte que corresponde a dicho partido y municipio.
Además, se vinculó al instituto electoral para que en lo subsecuente, en casos similares, de existir duda sobre la adscripción indígena, analice el expediente para evitar mayores dilaciones al respecto.
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