La Sala Regional de la Ciudad de México desechó las impugnaciones en contra del tercer acuerdo del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH) que contiene las Reglas Inclusivas de Postulación de Candidaturas a diputaciones locales y de ayuntamientos, avalando así la lista de 27 municipios exclusivos para postulación de mujeres.
Aunque el magistrado Luis Enrique Rivero Carrera votó en contra al salto de instancia que solicitaron los promoventes de los juicios, los acuerdos fueron aprobados por mayoría de votos declarando la improcedencia de los argumentos expuestos.
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Rivero Carrera refirió que el Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) tiene también pendientes de resolver juicios de impugnación en contra de este acuerdo por lo que debieron remitirse los expedientes a la instancia local.
No obstante, la magistrada María Silva Rojas refirió que los magistrados locales no les dieron una fecha para la resolución de los juicios y existe premura por el inicio del registro de candidaturas que será a partir del 16 de marzo.
En este caso, se determinó que el IEEH si fundamentó y motivó debidamente la lista de los 27 municipios reservados para mujeres, contrario a lo expuesto por los partidos, además de que se resolvió que el órgano electoral no excedió su facultad reglamentaria.
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Respecto a la inaplicación del artículo 119 del Código Electoral local, la Sala Regional determinó como válida ya que la metodología establecida en este apartado no ha garantizado que más mujeres accedan a cargos de elección popular.
Finalmente, se determinó que el IEEH no se excedió en el cumplimiento de la sentencia, pues no se le prohibió establecer la acción afirmativa en la totalidad de los municipios cuyos ayuntamientos no hubieran sido gobernados por una mujer desde 1947, ya que lo ordenado fue establecer en cuáles de ellos se iba a aplicar, y justificarlo.