El titular de la División de Investigación de la Agencia de Investigación Criminal de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Hidalgo (PGJEH) ingresó un oficio al segundo juzgado de distrito mediante el cual aseveró que el ex oficial mayor, Martiniano “N”, no dio cumplimiento a los requisitos de eficacia impuestos en el recurso de amparo 663/2023 para que surtiera efectos la suspensión provisional para la ejecución de la orden de aprehensión en su contra.
De acuerdo con estrados del Consejo de la Judicatura Federal (CJF), la división solicitó que la suspensión concedida al exfuncionario se quede sin efectos y se deje expedita su jurisdicción con el fin de que pueda ejecutarse el mandamiento de captura.
Esto, toda vez que, según el funcionario de la PGJEH, el ex oficial mayor no cumplió con los requisitos de eficacia que se establecieron para la suspensión provisional, como pagar una garantía por 10 mil pesos, la cual fue fijada sin conocer la naturaleza de la demanda, modalidades y características del delito que se le imputan al imputado.
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Además, el juez conocedor del amparo precisó que el solicitante, al iniciar el recurso, dio indicio de que no pretende sustraerse de la acción de la justicia.
No obstante, estableció que en caso de pagar dicha garantía “la suspensión provisional decretada dejará de surtir efectos si la parte quejosa no exhibe, en tiempo y forma, la cantidad requerida, dejando así a las autoridades responsables en posibilidad de ejecutar la orden que reclama”.
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Por otra parte, el juez segundo únicamente tomó conocimiento de las diversas manifestaciones realizadas por el trabajador de la PGJEH en torno a que el 22 de julio se ejecutó una orden de aprehensión en contra de Martiniano “N” emitida por el Juez Penal de Control, pues esta última en su informe previo solo aceptó la existencia de la orden de aprehensión emitida el 25 de abril.
Antes de ser aprehendido, el ex oficial mayor interpuso al menos dos recursos de amparo, en donde aseguró que las autoridades habían intentado detenerlo, pero sin éxito; además, en el amparo 663/2023 logró una suspensión provisional del acto reclamado; es decir, que no podría ser arrestado en tanto se resolvía su recurso para determinar si la justicia federal lo protegía o no.
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