Bajo acceso a internet impide a municipios cumplir con transparencia: ITAIH

En municipios como Pacula, Pisaflores, Jacala, Jaltocán y Huehuetla donde el acceso a servicios de conectividad aún es muy bajo, es necesario implementar alternativas para que los sujetos obligados cumplan con sus obligaciones de transparencia, señaló la comisionada presidenta Myrna Rocío Moncada Mahuem.

La titular el Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública Gubernamental y Protección de Datos Personales de Hidalgo (ITAIH), refirió que estos ayuntamientos llegan a registrar retrasos para cumplir en tiempo y forma con su responsabilidad, sin embargo, no han tenido la necesidad de imponerles sanciones, pues se les otorgan facilidades y se garantiza su debido proceso.

No obstante, consideró que ante una posible reforma a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado para establecer la obligación de los ayuntamientos de transmitir en vivo sus sesiones de cabildo, debe analizarse la viabilidad que tienen los municipios o en su lugar, establecer alternativas.

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El pasado mes de noviembre, el diputado Edgar Hernández Dañú presentó una propuesta de reforma a la citada ley para que los ayuntamientos transmitan y graben sus sesiones de cabildo y sean públicas, misma que Moncada Mahuem calificó de positiva pues es un ejercicio de rendición de cuentas.

No obstante, debe analizarse en dónde si es posible cumplir y dónde tendrían problemas, “hay que darles alternativas a los municipios por sus condiciones socioeconómicas” refirió, “esta brecha que siempre nos ha separado y donde no llega el internet, se debe hace un estudio” añadió la comisionada.

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De acuerdo con el artículo 70 de la Ley de Transparencia del Estado, es responsabilidad de los ayuntamientos hacer públicas las actas de sesiones de cabildo, los controles de asistencia de los integrantes del ayuntamiento y el sentido de votación de los miembros sobre las iniciativas o acuerdos, además de publicar los archivos digitales de las sesiones públicas ordinarias, extraordinarias, especiales o solemnes.

En su articulo 50 establece que la información publicada por los sujetos obligados se difundirá en los medios y formatos que más convengan al público al que va dirigida.