La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al Instituto Nacional Electoral (INE) analizar y resolver lo procedente en contra de las gobernadoras de Colima, Campeche y de la Ciudad de México por participar en un evento de campaña en Hidalgo en respaldo al candidato de Morena Julio Menchaca Salazar.
La denuncia interpuesta por el Partido Revolucionario Institucional (PRI) controvirtió la negativa de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del INE por declararse incompetente para resolver su queja en contra de Indira Vizcaíno Silva gobernadora de Colima, Layda Sansores San Román de Campeche, así como la jefa de Gobierno de la Ciudad de México, Claudia Sheinbaum Pardo, al igual que la senadora Martha Lucía Mícher Camarena.
El tribunal consideró que debe ser el INE quien resuelva la denuncia contra las servidoras pues los hechos escapan de la competencia del Órgano Jurisdiccional local.
Así también se resolvió que atienda la denuncia en contra de la gobernadora de Tlaxcala Lorena Cuéllar Cisneros por participar en un acto proselitista en la entidad hidalguense.
Dentro de la misma sesión, los magistrados federales determinaron revocar la sentencia del Tribunal Electoral de Hidalgo (TEEH) donde declara inexistente la infracción en contra de Morena en el deber de cuidado por actos anticipados de campaña de Cuauhtémoc Ochoa Fernández.
En la sentencia, se determinó que el TEEH no realizó un análisis exhaustivo sobre la veracidad del deslinde presentado por dicho instituto político durante la sustanciación del procedimiento de origen, mismo que puede ser relevante para determinar si hubo un beneficio para Morena en las campañas.
En este caso, los magistrados locales deberán nuevamente resolver si se considera la existencia de la falta al deber de cuidado por parte de Morena.
Finalmente, se desechó la denuncia del partido guinda en contra de la sentencia de la instancia local por declarar inexistente las denuncias en contra de Carolina Viggiano Austria por presuntos actos anticipados de campaña, ya que en las pruebas se demostró que la candidata no realizó proselitismo fuera de los plazos establecidos.
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