La Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) desechó las demandas que promovió el ayuntamiento de Ixmiquilpan contra el Tribunal Estatal Electoral de Hidalgo (TEEH) por haberle revocado los nombramientos de delegados en dos comunidades.
Los magistrados resolvieron que la autoridad carece de legitimación para impugnar porque fue parte actora responsable en el juicio que dio origen y no puede acudir en vía de acción a cuestionar actos o resoluciones emitidos en procedimientos en los que tuvo tal carácter.
Por lo anterior se consideró que eran improcedentes las demandas promovidas por el síndico procurador del ayuntamiento en su calidad de representante legal del municipio.
En las quejas, se pretendió revocar la sentencia dictada por el Tribunal Electoral en los expedientes TEEH-JDC 028/2022 y TEEH-JDC-055/2022 acumulados, donde se revoca el oficio DG-7.1-1C.9/00019/2022, emitido por la Dirección de Gobierno Municipal y el dictamen emitido por la Comisión de Gobernación, Bandos, Reglamentos y Circulares de Ixmiquilpan.
En estos oficios se declaró la nulidad de la elección de delegados y subdelegados de la colonia Benito Juárez y la del Barrio del Progreso, esto luego de que ciudadanos se inconformaran por la determinación de su autoridad municipal.
El ayuntamiento pretendía mantener las designaciones de delegados que realizó y por las cuales se inconformaron diferentes ciudadanos, no obstante, al haberse desechado las demandas en la instancia federal, deberán mantenerse los nombramientos originales.
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