La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó las sentencias del Tribunal Estatal Electoral de Hidalgo (TEEH) donde descarta las acusaciones en contra de Julio Menchaca Salazar y Carolina Viggiano por presuntos actos de precampaña.
Dentro del primer expediente analizado, los magistrados federales desecharon la queja promovida por el Partido Acción Nacional (PAN) quien señaló al Tribunal local de no analizar el mensaje de Julio Menchaca Salazar en las pruebas presentadas.
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No obstante, la Sala Superior determinó que la autoridad local si cumplió con el estudio de fondo del asunto, además coincidieron en que las pruebas presentadas por el blanquiazul como colocación de espectaculares y mensajes en redes sociales no implican un llamado a voto o a apoyar una candidatura en específico pues son dirigidos a la militancia.
Dentro de la queja promovida por Morena, resolvieron declarar inoperantes e infundados los agravios expuestos en contra de Carolina Viggiano y de Cristhian Fabián López por presuntos actos anticipados de campaña y uso de símbolos religiosos derivado de la difusión en radio y televisión de los spots denominados “PRE HGO GOB, Fabian García V1” y de PRE HGO no hay tiempo que perder V1” durante el periodo de precampaña.
Los magistrados federales señalaron que tales cortos no son un intento de posicionarse entre el electorado y la imagen denunciada como símbolo religioso corresponde a un símbolo secundario que no es utilizado para atraer votantes.
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Finalmente, resolvieron la denuncia contra el Tribunal local promovida por Morena por declarar inexistente los actos anticipados de campaña atribuidos a Francisco Berganza Escorza como precandidato a la gubernatura de Hidalgo y postulado por Movimiento Ciudadano derivado de la publicación de un video en su red social de Facebook.
El TEPJF declaró inoperantes los agravios al referir que la instancia local cumplió con analizar debidamente el asunto y no se encontraron elementos suficientes para acreditar el hecho.
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